CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO

EXTRACTO de la Orden de 1 de agosto de 2023, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones dirigidas a la sustitución de calderas y calentadores individuales de más de diez años para el ejercicio 2023.
BDNS (Identif.): 711775.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/711775)

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.– Objeto.
El objeto de estas subvenciones es fomentar la seguridad de las personas, la eficiencia energética y la protección del medio ambiente, mediante subvenciones a personas físicas para la sustitución de calderas y calentadores de agua individuales de más de diez años.

Segundo.– Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas empadronadas en la Comunidad de Castilla y León, que sustituyan los elementos subvencionables en viviendas de su propiedad situadas en la Comunidad de Castilla y León, en los términos
y condiciones previstos en la presente Orden.

Tercero.– Base reguladoras.
Orden EEI/597/2020, de 29 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la sustitución de calderas y calentadores individuales de más de diez años, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 135 de 7 de julio de 2020, modificada por Orden IEM/722/2022, de 17 de junio, publicada en el Boletín Oficial
de Castilla y León n.º 120 de 23 de junio.

Cuarto.– Actuaciones subvencionables y cuantía de las subvenciones.
1.– Serán subvencionables las siguientes actuaciones:
a) La sustitución de calderas individuales de más de diez años de calefacción o
mixtas, de baja eficiencia energética, atmosféricas o estancas, que utilicen como combustible carbón, electricidad, gasóleo, gas natural o gas licuado del petróleo (GLP), por calderas de condensación de alta eficiencia energética, sólo calefacción o mixta, que utilicen gas natural, gas licuado del petróleo (GLP), gasóleo o biomasa.
b) La sustitución de calentadores de agua atmosféricos de gas de más de diez años por calentadores de gas estancos.
2.– La cuantía de la subvención será de:
– 500 € por sustitución de caldera de carbón.
– 400 € por sustitución de caldera de gas atmosférica.
– 300 € por sustitución del resto de tipos de calderas subvencionables.
– 150 € sustitución de calentador de gas atmosférico.

Quinto.– Plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir de los 10 días naturales desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el 15 de noviembre de 2023, inclusive.

Valladolid, 1 de agosto de 2023.
El Consejero de Industria, Comercio y Empleo,
Fdo.: Mariano Veganzones Díez