Subvenciones dirigidas a sustitución de calderas y calentadores individuales de más de diez años (2024) | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León (jcyl.es)

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de laComunidad deCastilla yLeón (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.– Objeto.
El objeto de estas subvenciones es fomentar la seguridad de las personas, la eficiencia energética y la protección del medio ambiente, mediante subvenciones a personas físicas para la sustitución de calderas y calentadores de agua individuales de más de diez años.

Segundo.– Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas empadronadas en la Comunidad de Castilla y León, que sustituyan los elementos subvencionables en viviendas de su propiedad situadas en la Comunidad de Castilla y León, en los términos
y condiciones previstos en la presente Orden.

Tercero.– Base reguladoras.
Orden EEI/597/2020, de 29 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la sustitución de calderas y calentadores individuales de más de diez años, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 135 de 7 de julio de 2020, modificada por Orden IEM/722/2022, de 17 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 120 de 23 de junio.

Cuatro.– Actuaciones subvencionables y cuantía de las subvenciones.
1.– Serán subvencionables las siguientes actuaciones:
a) La sustitución de calderas individuales de más de diez años de calefacción o mixtas, de baja eficiencia energética, atmosféricas o estancas, que utilicen como combustible carbón, electricidad, gasóleo, gas natural o gas licuado del petróleo (GLP), por calderas de condensación de alta eficiencia energética, sólo calefacción o mixta, que utilicen gas natural, gas licuado del petróleo (GLP), gasóleo o biomasa.
b) La sustitución de calentadores de agua atmosféricos de gas de más de diez años por calentadores de gas estancos.
2.– La cuantía de la subvención será de:
– 500 € por sustitución de caldera de carbón.
– 400 € por sustitución de caldera de gas atmosférica.
– 300 € por sustitución del resto de tipos de calderas subvencionables.
– 150 € sustitución de calentador de gas atmosférico.
Cinco.– Plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir de los 10 días naturales desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el 15 de noviembre de 2024, inclusive.

Valladolid, 19 de junio de 2024.
El Consejero de Industria, Comercio y Empleo,
Fdo.: Mariano Veganzones Díez