CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

ASUNTO: RESTRICCIÓN DE USOS CONCESIONALES EN EL RÍO TORMES

Ante la previsión en el estiaje de reducción de los caudales circulantes por el río Tormes en las provincias de Ávila y Salamanca, aguas arriba del embalse de Santa Teresa, esta Comisaría de Aguas, con objeto de garantizar un uso racional del recurso, y en base a lo dispuesto en los artículos 55, 59 y 98 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y en el artículo 25 de la Normativa del Plan Hidrológico de la Cuenca del Duero, (R.D. 1/2016), se comunica, para conocimiento de los titulares de aprovechamientos de aguas, realizados con destino a riego en el río Tormes, aguas arriba del embalse de Santa Teresa, que:

 Las derivaciones de agua que se realicen del dominio público hidráulico, quedan prohibidas mientras el caudal circulante por el río Tormes en la estación de aforo de Hoyos del Espino se mantenga por debajo de los 0,11 m3/s (110 litros/segundo). La información sobre el caudal circulante está disponible en la web de CHD: SAIH‐ROEA (http://www.saihduero.es)

 Aunque se supere dicho caudal de 110 l/s en Hoyos del Espino, la detracción de caudales en tomas directas de ríos o arroyos, o en pozos situados en su zona de policía, no podrá superar el 50% del caudal circulante por el cauce en el punto de toma, no pudiéndose en ningún caso dejar seco el cauce.

 Queda prohibido, derivar caudales en tomas directas del río en aquellos tramos de ríos o arroyos donde haya ausencia de caudales circulantes. Esta prohibición se extiende a todos los pozos del subálveo situados en la zona de policía, de estos tramos de cauces que no mantengan caudales circulantes.

Los incumplimientos observados, así como los riegos abusivos sin disponer de la oportuna concesión administrativa serán sancionados.
Para cualquier cuestión o duda relacionada con esta comunicación, se pueden poner en contacto con los agentes medioambientales o guardas fluviales de la zona.